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PROYECTO SEMINARIO I

yourodriguezugalde
REGLAMENTO 
GENERAL DE 
CEMENTERIOS 
EN COSTA RICA
Evelyn Jimenez 
Joselyn Rodriguez 
Rajiv Escobar
ObjetivoS esPECIFÍCOS
  • Investigar la historia de los cementerios en Costa Rica.
  • Dar a conocer las normativas vigentes acerca de los cementerios en Costa Rica.

  • Mostrar quienes o quien es el encargado por ley de administrar y vigilar el cumplimiento del Reglamento a través de la Ley General de Cementerios.
  • Conocer acerca la jurisprudencia de los cementerios según la Ley del Reglamento General de Cementerios en Costa Rica.
Objetivo General
  • Analizar algunos aspectos importantes de los cementerios en Costa Rica, por medio del Reglamento General de Cementerios, con el fin de darlos a conocer a los estudiantes del curso de Seminario de la Realidad Nacional I: Desarrollo Comunal, de la Universidad de Costa Rica Sede del Pacífico, II Semestre 2016.
RECORRIDO HISTÓRICO DE LA CREACIÓN DE CEMENTERIOS
  • Nacen por "necesidad" 
  • Caso de los Indígenas y llegada de los europeos 
  •  Mas tarde, se crea la Real Orden del 6 de noviembre de 1813 

  • Iglesia Católica administraba y controlaba los cementerios 
  • Caso del Dr. Eusebio Figueroa Oreamuno 
  • En 1884, se dictó el Decreto No XXIV, conocido con el de “Secularización de los Cementerios”.

  • 1845, Primer cementerio secular en San José fue El panteón General de San Juan de Dios 
  • Creación de Cementerios Privados
Todo terreno descubierto, delimitado y cercado, público o privado y destinado a enterrar cadáveres humanos, embalsamados, o para la conservación y custodia de cenizas producto de la cremación de cadáveres, o restos humanos.
Artículo 3, inciso 5 del Reglamento General de Cementerios
CEMENTERIOS EN COSTA RICA 
Jurisprudencia de Cementerios en Costa Rica  
Requisitos de Exhumación 
  • Artículo 29: entre las 24 y 36 horas después de la declaratoria de muerte. 

  • Dicho plazo podrá ampliarse, según el artículo 29 del Reglamento.

  • Que los cadáveres se presenten en ataúdes cerrados

  • Sólo se podrá inhumar un cadáver en un ataúd. 

  • Deberá presentarse el acta de defunción y un permiso escrito del propietario del sepulcro. 
Requisitos de Inhumación 
  • Artículo 38 del Reglamento de marras, deberán realizarse “en presencia del encargado del cementerio y de dos testigos debiendo levantarse un acta firmada por los presentes". 



  • Exhumación ordinarias y exhumación extraordinaria, artículo 31 del Reglamento. 
CLASIFICACIÓN 
DE LOS 
CEMENTERIOS 
Cementerios PÚBLICOS COSTA RICA 
  • Dominio Público: Código Civil de nuestro país, artículo 261. 

  • Administración: 



  • Finalidad: sepultura relacionada con las creencias religiosas (respeto y el último adiós)

CEMENTERIOS PRIVADOS COSTA RICA 
  • Dominio privado: bien inmueble

  • Administración: dueño del inmueble (particulares).

  • Finalidad: prestar mejor servicio

  • Normativas
RECOMENDACIONES 
  • Mejor ejecución en las Normativas de la Ley General de Cementerios en forma general para un mejor aprovechamiento de ese servicio. 
  • Defender el derecho de darle una despedida digna a los seres queridos.
  • Reforzar los espacios de inhumación en cuanto a seguridad 
  • Preservar y fomentar la cultura de respeto hacia los difuntos en la sociedad. 
  • Facilitar una mejor calidad en la seguridad sanitaria (mantenimiento) y ambiental de las instalaciones 
CONCLUSIONES 
  • Incentivar a la población en cuanto a la participación de estos temas. 

  • El funcionamiento del servicio público de los cementerios una vez más le queda debiendo a la sociedad costarricense ya que a pesar de la evolución para su mejoramiento en aspectos jurídicos no se logra tener éxito

  • La población que está al alcance del hacer uso del servicio privado busca estos espacios exclusivos donde se les brinda calidad para realizar las ceremonias de despedida de sus seres queridos. 
GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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